martes, 30 de septiembre de 2014

Desalojan vivienda usurpada en pleno centro de Venado

http://www.venado24.com.ar/venadotuerto/c89-ciudad/desalojan-vivienda-usurpada-en-pleno-centro/



En la tardecita de este martes se registró un hecho de usurpación de una vivienda en Casey al 600 (casa de por medio con LT29) que se encontraba deshabitada. Intervinieron agentes de la policía santafesina y el fiscal regional Leandro Martín, quien dispuso el desalojo del inmueble y la aprehensión de los mayores que se encontraban en su interior.

Se trata de una vivienda que pertenecía al abogado rufinense Severino Valeri, fallecido hace unos años, la cual desde ese momento quedó deshabitada y en litigio por trámites de sucesión. La casa, de enormes dimensiones (posee un primer piso), se halla amueblada, aunque con un gran desorden producto del estado de abandono.

En horas de la tarde, una mujer que se hallaba en el Miró Park (a la par de la vivienda) observó que desconocidos estaban forzando la puerta del frente de la vivienda y dio aviso al 911. Constituida la Policía en el lugar y ya con la intervención del fiscal Martín, se dispuso su desalojo.

En su interior había varias personas de condición humilde, entre ellas tres menores, dos niños pequeños y un adolescente de 17 años que está bajo tratamiento de diálisis. También había dos mujeres mayores de edad que manifestaban tener algún tipo de vinculación con el fallecido dueño de la vivienda.

Estas fueron aprehendidas por la Policía y trasladados a la Comisaría 2da para que presten declaración, en calidad de flagrantes por el delito de usurpación ya que habían ingresado sin permiso alguno. En tanto, se dispuso la aprehensión de un hombre que quedó demorado mientras se averigua su grado de participación en el hecho. Cabe destacar que no se había efectuado el hurto de ninguno de los elementos de valor de la casa. Pero se halló debajo de una cama un arma de fuego que se disponía a evaluar por personal de Criminalística.

Ya cerca de la medianoche, se dispone la averiguación de antecedentes de las personas, mientras se ordenó la contención de los menores y el inmediato tratamiento del adolescente enfermo.


Fuente y fotos: LT29.

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